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¿Qué puede hacer el consulado por usted?
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¿Qué puede hacer el Consulado por usted? Imprimir E-mail
Los Consulados ejercen algunas funciones delegadas por determinados organismos públicos (por ejemplo: Registro Nacional de las Personas, Direccción Nacional de Migraciones, Registro de Reincidencias, Policía  Federal, etc)  y brindan orientación y asistencia a los ciudadanos argentinos con residencia transitoria o permanente dentro de su jurisdicción consular.

A continuación detallamos a modo de ejemplo los servicios que puede prestarle el Consulado y algunas cuestiones que lamentablemente exceden nuestras facultades.


¿Qué puede hacer por usted el Consulado argentino?

Emitir documentación como pasaportes, Documento Nacional de Identidad,
certificados de antecedentes penales, venias de viaje y certificados de
supervivencia.

   1. Actualizar el DNI argentino a los 8 y a los 16 años de edad.

   2. Gestionar la expedición de duplicados de DNI.

   3. Cambio de Domicilio en el DNI (obligatorio para residentes en el
       extranjero)

   4. Orientarlo en materia de asistencia sanitaria, jurídica y notarial.

   5. Asistirlo para que en caso de accidente pueda recibir atención y
       orientar a sus familiares en tal sentido.

   6. Interesarse por los connacionales detenidos en centros
       penitenciarios locales.

   7. Expedir venias de viaje a los argentinos menores de edad para su
       desplazamiento por el extranjero.

   8. Velar por los intereses de los argentinos menores de edad o
       incapaces, particularmente en lo relativo a la tutela y la curatela de
       los mismos.

   9. Realizar actos notariales como poderes o actas.

  10. Otorgar la nacionalidad por opción a los hijos de argentinos
        nacidos en el extranjero.

  11. Expedir las visas para los extranjeros que ingresen a la República Argentina,             según el régimen que corresponda a cada nacionalidad.

  12. Permitir la utilización de la dirección postal de la Oficina
       Consular para la recepción de correspondencia de ciudadanos argentinos
       que no tengan domicilio en la jurisdicción.

  13. Informar a los familiares de los ciudadanos argentinos que han
       sufrido accidentes o fallecido en el territorio de su jurisdicción.

  14. Atender los intereses de los connacionales en caso de sucesión por
       causa de muerte.

  15. Extender autorizaciones para el ingreso de armas a los turistas que
        viajarán a la República Argentina con fines de caza deportiva o
        certámenes.

  16. Intervenir el inventario de los bienes personales de los argentinos
       residentes en España que regresen a la República Argentina.

  17. Matricularlo si usted es ciudadano argentino residente en España,
       para dejar constancia fehaciente de su identidad y documentación a efecto
      de solucionar con la mayor celeridad posible la expedición de los
      documentos sustitutos.

  18.Legalizar los certificados de origen para exportar productos hacia
       la República Argentina.

  19. Legalizar documentación.


¿Qué no puede hacer por usted el Consulado argentino?

   1. Celebrar un matrimonio.

   2. Intervenir como parte en procesos judiciales.

   3. Tramitar beneficios legales para modificación o eximición de penas.

   4. Cancelar sus deudas o prestarle dinero.

   5. Proporcionarle asesoramiento legal o promover acciones judiciales
      en su nombre.

   6. Pagar su alojamiento, comida o gastos de viaje o internación u
       otros gastos de profesionales.

   7. Procurarle ante las autoridades o medios locales un tratamiento
      distinto al que se brinda al resto de los connacionales.

   8. Realizar reservas hoteleras o de pasajes o ejecutar gestiones
       similares a las propias de una agencia de viaje o compañía turística.

   9. Proporcionarle medios o pasajes para que pueda continuar su viaje o
       regresar a la República Argentina.

  10. Gestionarle permisos de residencia o de trabajo.

  11. Constituirse en garante o fiador de sus actividades.

  12. Recibir en depósito bienes o valores.

  13.  Asesorlo acerca de los regímenes de visas para visitar terceros países, toda vez         que los mismos deben ser informados por la representación consular del país             de destino.

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